RÉGIMEN LABORAL DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA
RÉGIMEN LABORAL DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA
¿ COMO SE REALIZA ?
- Los trabajadores contratados al amparo de la legislación anterior continuarán rigiéndose por las normas vigentes al momento de su celebración.
- No están incluidos en el ámbito de aplicación laboral los trabajadores sujetos al régimen laboral común, que cesen después de la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1086 y sean inmediatamente contratados por el mismo empleador, salvo que haya transcurrido un (1) año desde el cese.
- Créase el Régimen Laboral Especial dirigido a fomentar la formalización y desarrollo de las Micro y Pequeña Empresa, y mejorar las condiciones de disfrute efectivo de los derechos de naturaleza laboral de los trabajadores de las mismas.
Los beneficios para los trabajadores de la micro empresa son las siguientes:
- Gozar de 15 días calendario de descanso vacacional remunerado como mínimo por cada año completo de servicio. En caso de despido arbitrario, tiene derecho a una indemnización equivalente a 10 remuneraciones diarias, por cada año completo de servicio, con un tope de 90 renumeraciones diarias, las fracciones de año se abonan por doceavos.
Los beneficios para los trabajadores de la pequeña empresa son:
- Gozar de 15 días calendario de descanso vacacional, remunerado por cada año completo de servicio. Tratándose de Compensación por Tiempo de Servicio (CTS), percibirán 15 remuneraciones diarias por cada año completo de servicios, siendo el tope máximo 90 remuneraciones diarias. Perciben gratificaciones en julio y diciembre por el monto de media remuneración. Deben estar afiliados al Sistema Nacional de Pensiones (ONP) o al Sistema Privado de Pensiones (AFP).
¿Qué pasos debo seguir para inscribir a mi empresa como una micro y pequeña empresa?
- Paso 1: Ingresar a la página web del Ministerio de Trabajo www.trabajo.gob.pe
- Paso 2: Acceder al enlace “Servicios en Línea” y darle click en el botón “Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE)” con tu número de RUC y clave SOL.
- Paso 3: Confirmar los datos de la empresa.
- Paso 4: Ingresar los datos de los trabajadores y su modalidad contractual.
- Paso 5: Esperar 7 días para imprimir tu constancia de inscripción en el REMYPE.
Si tienes el 1% de probabilidad de ganar, apuesta. Esa es tu última oportunidad de ganar. No renuncies a ella.-Miguel Ángel Cornejo.
BIBLIOGRAFIAS :
- https://legis.pe/regimen-laboral-micro-pequena-empresa/
- http://www.sunat.gob.pe/orientacion/mypes/regimenLaboral.html
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